16.7.14

Denunciamos los hechos vinculados con la irregular tramitación del BIC para el Teatro Albéniz


Hoy miércoles 16 de julio de 2014, la Plataforma de Ayuda al Teatro
Albéniz, y en su nombre Beltrán Gambier, asesor legal, ha denunciado
ante la Fiscalía a la Dirección General de Patrimonio Histórico de la
Comunidad de Madrid, por posibles irregularidades en la tramitación
del expediente de Bien de Interés Cultural (BIC), que fue denegado al
teatro en el pasado mes de mayo.
La Dirección de Patrimonio, que no ha facilitado aún todos los actos
administrativos y sus documentos a la Plataforma, pudo manejar dos
documentos contradictorios del Consejo Regional de Patrimonio
Histórico, órgano que aboga y propone la condición BIC para los
monumentos o bienes. En un documento oficial se declara que este
Consejo simplemente se limitó a abrir el Expediente de estudio del BIC
para el Albéniz - expediente que estaba ya abierto por sentencia
judicial días antes- y en otro documento, el Acta del Consejo, el
mismo órgano se declara en favor de la concesión del  BIC para el
Teatro Albéniz.
Recordamos que además, otros documentos como los Informes de los
Expertos de las Reales Academias, fueron desoídos por el Consejo de
Gobierno de la CAM. La Plataforma no descarta, una vez que conozca
todos los documentos, presentar un recurso contencioso administrativo
y en cualquier caso seguirá solicitando la protección cautelar del
edificio en  caso de que fuera necesario.
Adjuntamos la denuncia formulada por el abogado de la Plataforma,
Beltrán Gambier.
Beltrán Gambier













A la atención del señor Fiscal General Antonio Vercher
FISCALIA COORDINADORA DE MEDIO AMBIENTE Y URBANISMO
Calle Ortega y Gasset 57 - 3ª planta - Madrid 28006

Beltran Gambier, abogado en ejercicio del ICAM, DNI 50388425W, con domicilio en la calle Ayala 7, 2º derecha, de Madrid, CP 28001, (teléfono nº 606 317 635), miembro de la Plataforma de Ayuda al Teatro Albéniz,  y en calidad de ciudadano interesado por el asunto   –siendo parte interesada en las actuaciones administrativas a las que haré referencia- y como asesor legal de la misma,

Expone cuanto sigue

1.   Que actúo y he actuado como ciudadano y como abogado (pro bono) en  diferentes procedimientos administrativos y contencioso-administrativos que tienen que ver con la preservación del Teatro Albéniz de Madrid.
2.    Que en tal carácter, y en el marco de uno de esos procedimientos, concurrí el día 11 de junio de 2014 a la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid en compañía de Doña Eva Aladro Vico, portavoz de la Plataforma de Ayuda al Teatro Albéniz. Fuimos atendidos por el señor Javier Sánchez Maqueda. El motivo de la visita era tomar vista de las actuaciones con carácter previo a promover el recurso de reposición que interpusimos el día 13 de junio, es decir, dos días después (se adjunta copia de ese escrito que es suficientemente ilustrativo del contexto de los hechos que habré de denunciar) contra un acto administrativo (que hasta el momento no conocemos en su integridad) que resolvió no declarar al teatro Albéniz como Bien de Interés Cultural (dictado el 14 de mayo de 2014).
3.    En la ocasión antes indicada y por considerarlo muy importante para nuestra defensa, solicitamos el acta del Pleno del Consejo Regional de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, celebrada el día 20 de mayo de 2013 en la que se trató, según documento que también adjunto (que en adelante llamaré “el certificado”), como quinto punto del orden del día el sometimiento a trámite de audiencia para la declaración de Bien de Interés Cultural del Teatro Albéniz por sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Según reza el certificado expedido por Doña Alicia Durántez de Irezábal, “en dicha reunión se aprobó por unanimidad la incoación del expediente para la declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, del Teatro Albéniz, en ejecución de la Sentencia del Tribunal Supremo”. Adjunto copia de la sentencia del TSJM de la que surge la valoración del teatro Albéniz hecha por la justicia.
4.  He recibido información de que en esa reunión, por el contrario, se resolvió, por unanimidad, aconsejar al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, la declaración de Bien de Interés Cultural del Teatro Albéniz en la categoría de “monumento” (el expediente, como bien lo sabían los funcionarios, ya estaba incoado por un acto administrativo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid).
5.   En consecuencia, el certificado suscrito por la Sra. Alicia Durántez de Irezábal no estaría siendo fiel a lo estrictamente sucedido ese día. Si esto se confirmase, corresponde la calificación penal de ese hecho a los efectos correspondientes. La importancia de lo opinado por ese órgano consultivo resultaba decisiva para resolver el trámite de protección del teatro Albéniz en uno u otro sentido. Más tarde, como surge del recurso adjunto, dos Academias aconsejaron la protección del teatro.
          
Por todo ello, pido a la Fiscalía que:
Se solicite el acta indicada en el punto 3 de ese escrito y se tome declaración, si se lo considerase pertinente, a los participantes de esa reunión para determinar lo que en definitiva se resolvió ese día y, según ello, calificar jurídica y penalmente el hecho que generó el certificado de fecha 6 de mayo de 2014 firmado por la Sra. Durántez de Irezábal.
Las personas que habrían participado de esa reunión son:
Sra. Dña. Ana Isabel Mariño Ortega
D. Jaime Ignacio Muñoz Llinás
Dña. Alicia Durántez de Irezábal
D. Juan Carlos de la Mata González
D. José Luis Martínez-Almeida Navasqüés
Dña. Mª José Martínez de la Fuente
D. José Luis Fernández-Quejo del Pozo
D. Juan Jesús Domínguez Picazo
Dña. Matilde García Duarte
D. José Trigueros Rodrigo
Dña. Pilar Sedano Espín
D. Antonio Gallego Gallego
D. Javier González Herráez
D. José Ramón Duralde
Dña. Diana Díaz del Pozo
Dña. Dolores Agudo Masa
D. Ángel Aragonés López
Dña. Amparo Berlinches
D. Emilio Arias Plaza
D. Fco. José García Paredes
D. Luis Lafuente Batanero,
Dña. Ana de Miguel Cabrera,
D. José Mª Ballester, Jefe de Área de Catalogación (DGPH)
Dña. América Jiménez Hernández (DGPH)
Dña. Inés Sánchez Vallejo (DGPH)
Dña. Eva Monclús Aguilar (DGPH)
Quiero señalar, finalmente, que este escrito no supone imputar delito alguno a persona alguna pero que, de lo relatado, podrían sí surgir conductas tipificadas en el Código Penal.
A los efectos de evitar trastornos innecesarios, antes de realizar esta denuncia, contacté con un funcionario de la Dirección General de Patrimonio Histórico dando noticia de que este escrito iba a ser presentado para, si es que hubiere algún error de información, la situación se corrigiera sin intervención de esa Fiscalía. El resultado fue negativo en el sentido de que se ratificaban en lo actuado.
Quedo a disposición para visitarle y ratificar lo aquí expuesto.
Un cordial saludo,

Beltrán Gambier Ayllón


Certificado de Alicia Durántez

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