Hoy miércoles 16 de julio de 2014, la Plataforma de Ayuda al Teatro
Albéniz, y en su nombre Beltrán Gambier, asesor legal, ha denunciado
ante la Fiscalía a la Dirección General de Patrimonio Histórico de la
Comunidad de Madrid, por posibles irregularidades en la tramitación
del expediente de Bien de Interés Cultural (BIC), que fue denegado al
teatro en el pasado mes de mayo.
La Dirección de Patrimonio, que no ha facilitado aún todos los actos
administrativos y sus documentos a la Plataforma, pudo manejar dos
documentos contradictorios del Consejo Regional de Patrimonio
Histórico, órgano que aboga y propone la condición BIC para los
monumentos o bienes. En un documento oficial se declara que este
Consejo simplemente se limitó a abrir el Expediente de estudio del BIC
para el Albéniz - expediente que estaba ya abierto por sentencia
judicial días antes- y en otro documento, el Acta del Consejo, el
mismo órgano se declara en favor de la concesión del BIC para el
Teatro Albéniz.
Recordamos que además, otros documentos como los Informes de los
Expertos de las Reales Academias, fueron desoídos por el Consejo de
Gobierno de la CAM. La Plataforma no descarta, una vez que conozca
todos los documentos, presentar un recurso contencioso administrativo
y en cualquier caso seguirá solicitando la protección cautelar del
edificio en caso de que fuera necesario.
Adjuntamos la denuncia formulada por el abogado de la Plataforma,
Beltrán Gambier.
Beltrán Gambier |
A la atención del señor Fiscal General Antonio Vercher
FISCALIA COORDINADORA DE MEDIO AMBIENTE
Y URBANISMO
Calle Ortega y Gasset 57 - 3ª planta -
Madrid 28006
Beltran Gambier, abogado en ejercicio del ICAM, DNI 50388425W, con
domicilio en la calle Ayala 7, 2º derecha, de Madrid, CP 28001, (teléfono nº
606 317 635), miembro de la Plataforma de Ayuda al Teatro Albéniz, y en calidad de ciudadano interesado por el
asunto –siendo parte interesada en las actuaciones administrativas a las que haré
referencia- y como asesor legal de la misma,
Expone cuanto sigue
1. Que
actúo y he actuado como ciudadano y como abogado (pro bono) en diferentes
procedimientos administrativos y contencioso-administrativos que tienen que ver
con la preservación del Teatro Albéniz de Madrid.
2. Que
en tal carácter, y en el marco de uno de esos procedimientos, concurrí el día
11 de junio de 2014 a la Dirección General de Patrimonio Histórico de la
Comunidad de Madrid en compañía de Doña Eva Aladro Vico, portavoz de la Plataforma
de Ayuda al Teatro Albéniz. Fuimos atendidos por el señor Javier
Sánchez Maqueda. El motivo de la visita era tomar vista de las actuaciones con
carácter previo a promover el recurso de reposición que interpusimos el día 13
de junio, es decir, dos días después (se adjunta copia de ese escrito
que es suficientemente ilustrativo del contexto de los hechos que habré de
denunciar) contra un acto administrativo (que hasta el momento no conocemos en
su integridad) que resolvió no declarar al teatro Albéniz como Bien de Interés
Cultural (dictado el 14 de mayo de 2014).
3. En
la ocasión antes indicada y por considerarlo muy importante para nuestra
defensa, solicitamos el acta del Pleno
del Consejo Regional de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, celebrada el día
20 de mayo de 2013 en la que se trató, según documento que también adjunto
(que en adelante llamaré “el certificado”), como quinto punto del orden del día
el sometimiento a trámite de audiencia para la declaración de Bien de Interés
Cultural del Teatro Albéniz por sentencia judicial del Tribunal Superior de
Justicia de Madrid. Según reza el certificado expedido por Doña Alicia Durántez
de Irezábal, “en dicha reunión se aprobó por unanimidad la incoación del
expediente para la declaración de bien de interés cultural, en la categoría de
monumento, del Teatro Albéniz, en ejecución de la Sentencia del Tribunal
Supremo”. Adjunto copia de la sentencia del TSJM de la que surge la valoración
del teatro Albéniz hecha por la justicia.
4. He
recibido información de que en esa
reunión, por el contrario, se resolvió, por unanimidad, aconsejar
al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, la declaración de Bien de
Interés Cultural del Teatro Albéniz en la categoría de “monumento” (el expediente,
como bien lo sabían los funcionarios, ya estaba incoado por un acto
administrativo publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid).
5. En
consecuencia, el certificado suscrito por la Sra. Alicia Durántez de Irezábal
no estaría siendo fiel a lo estrictamente sucedido ese día. Si esto se
confirmase, corresponde la calificación penal de ese hecho a los efectos
correspondientes. La importancia de lo opinado por ese órgano consultivo
resultaba decisiva para resolver el trámite de protección del teatro Albéniz en
uno u otro sentido. Más tarde, como surge del recurso adjunto, dos Academias
aconsejaron la protección del teatro.
Por todo ello, pido a la Fiscalía que:
Se solicite el
acta indicada en el punto 3 de ese escrito y se tome declaración, si se lo
considerase pertinente, a los participantes de esa reunión para determinar lo
que en definitiva se resolvió ese día y, según ello, calificar jurídica y
penalmente el hecho que generó el certificado de fecha 6 de mayo de 2014
firmado por la Sra. Durántez de Irezábal.
Las personas que
habrían participado de esa reunión son:
Sra. Dña. Ana
Isabel Mariño Ortega
D. Jaime Ignacio
Muñoz Llinás
Dña. Alicia
Durántez de Irezábal
D. Juan Carlos
de la Mata González
D. José Luis
Martínez-Almeida Navasqüés
Dña. Mª José
Martínez de la Fuente
D. José Luis
Fernández-Quejo del Pozo
D. Juan Jesús
Domínguez Picazo
Dña. Matilde
García Duarte
D. José
Trigueros Rodrigo
Dña. Pilar
Sedano Espín
D. Antonio
Gallego Gallego
D. Javier
González Herráez
D. José Ramón
Duralde
Dña. Diana Díaz
del Pozo
Dña. Dolores
Agudo Masa
D. Ángel
Aragonés López
Dña. Amparo
Berlinches
D. Emilio Arias
Plaza
D. Fco. José
García Paredes
D. Luis Lafuente
Batanero,
Dña. Ana de
Miguel Cabrera,
D. José Mª
Ballester, Jefe de Área de Catalogación (DGPH)
Dña. América
Jiménez Hernández (DGPH)
Dña. Inés
Sánchez Vallejo (DGPH)
Dña. Eva Monclús
Aguilar (DGPH)
Quiero señalar, finalmente, que este escrito no supone
imputar delito alguno a persona alguna pero que, de lo relatado, podrían sí
surgir conductas tipificadas en el Código Penal.
A los efectos de evitar trastornos innecesarios, antes de
realizar esta denuncia, contacté con un funcionario de la Dirección General de
Patrimonio Histórico dando noticia de que este escrito iba a ser presentado
para, si es que hubiere algún error de información, la situación se corrigiera
sin intervención de esa Fiscalía. El resultado fue negativo en el sentido de
que se ratificaban en lo actuado.
Quedo a
disposición para visitarle y ratificar lo aquí expuesto.
Un
cordial saludo,
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