3.6.06

PODRÍAMOS COMPRAR 10 TEATROS ALBÉNIZ



¡¡¡¡ Atención, señoras y señores !!! Con unas monedas que se quiten (o se sumen) a los presupuestos para tanta obra pública en marcha o a punto de iniciarse, se compran 10 teatros Albéniz.


¿De qué hablamos cuando pedimos a la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Madrid que proteja al teatro Albéniz?

Hablamos de un rol esencial del Estado. La política cultural es una política de Estado.

El Estado gasta mucho dinero en fomentar la cultura. Así, da subvenciones para promover la industria editorial (libros y revistas), promociona las artes, promociona la música y, también, promociona la actividad teatral.

Esto se llama técnicamente actividad de fomento.

Pero el Estado también protege bienes y actividades. Lo hace a través de las denominadas restricciones o limitaciones a la propiedad privada en interés público. Este interés puede estar dado por múltiples razones: culturales, históricas, científicas, etc.

Cuando la restricción se torna demasiado onerosa para el propietario o supone una disminución del valor del bien, el Estado puede indemnizar o compensar al propietario.

Así, cuando los anteriores propietarios del Albéniz demandaron al Estado (Comunidad de Madrid, Ayuntamiento de Madrid) lo hicieron porque consideraban dos cosas:

1. que el edificio del Albéniz no merecía protección alguna y que la vinculación al “uso teatro” era improcedente;
2. que merecían ser indemnizados por las restricciones impuestas.

Para hacerlo controvirtieron el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid aprobado por los representantes del pueblo de Madrid.

¿Pudieron hacerlo?

Sí. Un plan urbanístico es una norma jurídica de alcance general o reglamento y, como tal, resultan impugnable. Lo que se discutió en el pleito fue una clasificación técnica (la protección del edificio) y el denominado “uso teatro”. También, pero en menor medida, se discutió la procedencia de una indemnización para lo propietarios.

¿Cómo fue ese debate?

Los demandantes acompañaron informes técnicos que solventaban su posición. Todo el mundo sabe que en estos casos, pese a que quienes opinan pueden ostentar independencia y tener prestigio, existe una natural tendencia a dar la razón a quien paga la opinión. ¿Cómo es esto? “Si te pido un dictamen técnico para decirme “esto y esto” sobre el Albéniz ¿lo harías?”. Y siempre habrá alguien dispuesto. No digo que eso haya ocurrido en este caso. Lo ignoro. Hablo de las costumbres. Tampoco digo que, en este caso, los opinantes dijeran lo contrario a lo que pensaban, pero....si uno lee esos informes se hace muchas preguntas. Por ejemplo: ¿porqué un arquitecto opina del teatro como fenómeno cultural y social? O ¿porqué un hombre del periodismo da opiniones que exceden su especialidad?

La defensa del Estado se basó casi con exclusividad en los informes producidos por los organismos técnicos oficiales.

El Tribunal designó a un perito arquitecto que, también, se excedió al opinar sobre áreas que no domina.

Lamentablemente el Estado no contradijo debidamente los pareceres del perito de oficio y los jueces no mostraron mucho entusiasmo por buscar la “verdad jurídica objetiva” limitándose a las probanzas. No se preguntaron porqué unas personas opinaban fuera de sus conocimientos.


En lo estrictamente jurídico el debate giró en torno a la potestad del Estado de actuar con discrecionalidad a la hora de realizar el planeamiento urbanístico.
Veamos. El Estado no puede discutir con los vecinos dónde se coloca una plaza o cuál es el sentido de una calle. Estudia la situación y decide.
Por eso, en el caso del Albéniz, estudió la situación y decidió.
Los representantes del pueblo de Madrid, es decir los legisladores, aprobaron el plan urbanístico.

Y los señores del Albéniz, lo controvirtieron.

Resultado final: la valoración técnica de unos pocos pudo más que la decisión de los representantes del pueblo que se valieron, para decidir, de los organismos técnicos del Estado.

La sentencia desfavorable: como la sentencia fue desfavorable, la Comunidad de Madrid interpuso Recurso de Casación y luego, misteriosamente, desistió. De esto ya se ha hablado mucho en este blog, más de lo que las gentes de la cultura pueden tolerar, creo.

Pero quiero terminar estas reflexiones diciendo algo que también fue dicho aquí antes pero conviene recordar: se puede expropiar el teatro Albéniz. Hay “utilidad pública” de sobra.

Repito: ¡¡¡¡ atención, señoras y señores !!! Con unas monedas que se quiten o se sumen a los presupuestos para tanta obra pública en marcha o a punto de iniciarse, se compran 10 teatros Albéniz.

Sólo es cuestión de hacer cuentas.

Beltrán Gambier

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